viernes 31 de julio de 2009

SAJ-CCOO :ALEGACIONES AL PLAN ESTRATÉGICO DE LA MODERNIZACIÓN DE LA JUSTICIA

En el día de hoy CCOO ha entregado al ministerio las alegaciones al PLAN ESTRATÉGICO para la modernización de la justicia.

SAJ-CCOO D' ASTURIES: NÓMINA MES DE JULIO

En el día de hoy hemos mantenido reunión con el Servicio de Nóminas del Principado al objeto de solucionar algún problema que ha surgido con respecto a la nómina de este mes de julio.
Como información general, os diremos que de ahora en adelante se cobrará a partir del día 28 de cada mes los que tengan domiciliada su nómina en Cajastur, un día o dos posterior los que la tengan domiciliada en cualquier otra entidad bancaria.
Nuestra nómina será remitida al domicilio que tengamos designado, no al Centro de Trabajo, por lo cual deberá comunicarse a ese servicio cualquier cambio domiciliario.
Confirmar, con toda seguridad, que los 30€ del Acuerdo de abril de 2008 vienen incluidos en la nómina correspondiente a este mes.
Para todos aquellos que han percibido algún ingreso de 180€, 200€, o cantidades similares, debemos comunicarles que dichos ingresos los ha realizado el Ministerio (Nóminas Secretaría de Modernización), y corresponden a conceptos anteriores al 30 de junio (Guardias atrasadas, salidas a Centros Penitenciarios, etc.), en cualquier caso no tiene nada que ver con la nómina de este mes confeccionada por los compañeros del Servicio de Nóminas del Principado.
También nos informan de que puede haber algún compañero que este mes no cobre la sustitución que esté realizando, se subsanará de oficio en la próxima nómina.
Otro problema que pudiera haber surgido es el de algún compañero que al encontrarse en ILT cobrando los complementos de la Mugeju, al no haber recibido el Servicio de Nóminas la comunicación por parte de la Dirección General, pueda verse afectado y no cobre este mes las retribuciones complementarias.

ANTICIPOS DE NÓMINAS

Respecto a los mismos, recordaros, que en la página web asturias.es, en el buscador, tecleando anticipos de nóminas, podéis descargar e imprimir las solicitudes, tened en cuenta que no deben ser remitidas por fax, ya que no serán aceptadas, debe ser el original por correo ordinario o vía registro.

jueves 30 de julio de 2009

SAJ-CCOO D' ASTURIES: ATENCIÓN A LOS INGRESOS BANCARIOS DE LA NÓMINA

Hemos comprobado, por los ingresos de nuestras propias nóminas en las cuentas bancarias, que el ingreso, no se corresponde con la cantidad que deberían abonarnos conforme al acuerdo del año pasado. Puesto que no tenemos delante el documento para comprobar los datos, ignoramos la causa. A primera hora de mañana, nos personaremos en la consejería para intentar averiguar lo ocurrido.

SAJ - CCOO : APROBADOS GESTIÓN LIBRE Y CONVOCATORIA 2º EJERCICIO: 20 DE SEPTIEMBRE

Acuerdo del Tribunal Calificador DE GESTIÓN, acceso libre, por el que se hace pública la relación de aspirantes que han superado el primer ejercicio, con indicación de las calificaciones y se les convocan a la realización del segundo.
30 de julio de 2009

SAJ - CCOO : FECHAS DE PUBLICACIÓN DE LAS NOTAS DE CORTE DE TRAMITACIÓN TURNO LIBRE Y LISTADO DE APROBADOS: 4 y 6 DE AGOSTO RESPECTIVAMENTE

Hemos conocido que el Ministerio de Justicia PRETENDE PUBLICAR LA NOTA DE CORTE DEL PRIMER EJERCICIO DE TRAMITACIÓN TURNO LIBRE EL PRÓXIMO MARTES 4 DE AGOSTO Y LOS LISTADOS DE APROBADOS DEL EJERCICIO, EL JUEVES, 6 DE AGOSTO.
NOS PARECE UN INMENSO DESPROPÓSITO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA (Y DE LA EMPRESA CORRECTORA), y así se lo trasladamos a los responsables del ministerio, retrasar hasta el mes DE AGOSTO LA INCERTIDUMBRE DE LOS OPOSITORES SOBRE SI HAN SUPERADO EL PRIMER EJERCICIO.

La fecha de examen del segundo ejercicio se convocará junto a la publicación del listado de aprobados del primero, pero lo más probable es que sea a MEDIADOS DEL MES DE OCTUBRE.

SAJ - CCOO : CONVOCATORIA APERTURA DE BOLSA INTERINOS CANARIAS

En el Boletín Oficial de Canarias de hoy, 30 de Julio, se ha publicado la resolución de 28 de Julio de 2.009, por la que se convoca proceso selectivo para la constitución de listas de reserva de los Cuerpos de Médicos Forenses, Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia de Canarias. El plazo de presentación de instancias comienza el 24 de Agosto y dura quince días habiles

CONVOCATORIA INTERINOS 2009 JUSTICIA.pdf

SAJ - CCOO : CONVOCATORIA BOLSA INTERINOS CANTABRIA

En la edición de hoy del Boletín Oficial de Cantabria se publica Resolución del director general de Justicia de convocatoria de apertura de las bolsas de trabajo para cubrir temporalmente plazas de los cuerpos de la Administración de Justicia de Médicos Forenses, Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial
Con una descuidada redacción, omitiendo algunas cuestiones que habían sido negociadas y aceptadas por la administración, y sin acuerdo con las organizaciones sindicales, hoy se publica en el Boletín Oficial de Cantabria lo que en principio se denomina resolución, en otros apartados Decreto y en alguno Orden, pero que en cualquier caso es la resolución por la que se convocan las nuevas bolsas de interinos de la Administración de Justicia en Cantabria
Conforme a lo que se dispone en la resolución, “Quienes deseen formar parte de las Bolsas de Trabajo, deberán hacerlo presentando, durante todo el mes de septiembre en la Dirección General de Justicia del Gobierno de Cantabria, sita en Paseo Pereda 36 pal. izda de la ciudad de Santander, así como en cualquiera de las oficinas públicas previstas en el art. 38 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, el modelo de instancia que se adjunta como Anexo I al Decreto íntegramente cumplimentado (El modelo podrá recogerse en la propia Dirección General de Justicia, en los decanatos de los Juzgados, Secretaría del Tribunal Superior de Justicia, Audiencia Provincial, Fiscalía e IML, encontrándose disponible en la página web PAS del Gobierno de Cantabria”
“Los interinos que estén nombrados en el momento de la publicación de la convocatoria, tendrán la obligación de presentar las correspondientes solicitudes a los cuerpos a los que quieren optar, incluido el cuerpo en el que estén prestando servicios si poseen la titulación exigida. Los méritos que ya consten acreditados ante la Administración serán aportados por ella misma”
“Quienes deseen formar parte de las bolsas de trabajo deberán hacerlo constar según el modelo de instancia indicado (ver punto 4) debiendo estar íntegramente cumplimentada, quedando vinculados a los datos que se hayan hecho constar en la misma, a la que se acompañarán los siguientes documentos:
a) Fotocopia del DNI
b) Fotocopia compulsada de la titulación exigida
c) Documentación acreditativa de los méritos a que se refiere el anexo II de la presente Orden

CONVOCATORIA BOLSAS INTERINOS BOC 29 JULIO 2009.pdf

SAJ-CCOO: INHABILIDAD DEL MES DE AGOSTO EN LOS PROCESOS SELECTIVOS DE LA OEP-2008

En el BOE de hoy se publica Orden del Ministerio de Justicia por la que se declara inhábil el periodo desde el 3 de Agosto hasta el 7 de septiembre, a efectos del cómputo de plazos en los procesos selectivos.

MINISTERIO DE JUSTICIA
Pruebas selectivas
Orden JUS/2054/2009, de 20 de julio, por la que se declara inhábil el período entre 3 de agosto y 7 de septiembre de 2009, a efectos de plazos en los procesos selectivos para acceso a Cuerpos de la Administración de Justicia, oferta pública de empleo 2008.
PDF (BOE-A-2009-12619 - 1 pág. - 163 KB)
"..........Declarar inhábil el período entre 3 de agosto y 7 de septiembre de 2009, a efectos del cómputo de plazos en los procesos selectivos, para ingreso por el sistema general de acceso libre, en los Cuerpos Nacional de Médicos Forenses, Gestión Procesal y Administrativa y Tramitación Procesal y Administrativa, convocados por Órdenes JUS/3368/2008, de 11 de noviembre («BOE» del día 24); JUS/3338/2008 y JUS/3339/2008 («BOE» del día 20)."

Os recordamos que a lo largo de esta mañana, pudieran publicarse los listados de aprobados del primer ejercicio de Gestión Libre, así como la convocatoria para la realización del segundo ejercicio, probablemente para el fin de semana del 19-20 de Septiembre.

Además también os adjuntamos la publicación de una modificación en las bases comunes de los procesos selectivos en la AGE
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA
Cuerpos y escalas de la Administración del Estado
Orden PRE/2061/2009, de 23 de julio, por la que se modifica la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado
PDF (BOE-A-2009-12630 - 2 págs. - 168 K

miércoles 29 de julio de 2009

SAJ -CCOO D' ASTURIES: LA REFORMA PROCESAL Y EL FUTURO DE LOS SCACES Y FUNCIONARIOS DEL CUERPO DE AUXILIO

Como es por todos conocido, nuevamente y de forma que parece definitiva, se ha puesto en marcha, la reforma de las leyes procesales.
Ya en su día advertimos a los trabajadores, y a la sociedad, por medio de una campaña en prensa, de la velada intención del Ministerio de abrir la espita a la privatización de algunos servicios integrantes del conjunto del Servicio de la Justicia, concretamente, Los Servicios Comunes de Actos de Comunicación y Ejecución.

El Ministerio conoce sobradamente nuestra opinión y nuestra oposición, desde los tiempos del Ministro López Aguilar. Ya entonces hicimos alegaciones a la reforma de la LEC, que permite la práctica de actos de comunicación por parte del procurador a instancia de la parte que representa y a su costa. Responde así a insistentes reivindicaciones de este colectivo (Sin duda alguna legítima) que viene demandando cada vez más parcelas de intervención en el procedimiento a costa de sustraerla de las funciones de los trabajadores que integran los distintos cuerpos de la Administración de Justicia. (Lo cual, también legitima nuestra denuncia)
En la actualidad, la intrusión afecta fundamentalmente a los trabajadores del cuerpo de auxilio, que son quienes tienen encomendada por LOPJ la práctica de los actos de comunicación. Debemos recordar que la última reforma de la LOPJ, supuso un avance en reivindicaciones de nuestro sindicato relativas a la supresión de las tareas no jurisdiccionales de los compañeros, entonces llamadas agentes, para afianzar las funciones jurisdiccionales del ya nuevo cuerpo de Auxilio Judicial. Esta reforma que se avecina, supone un retroceso respecto de la reforma de la LOPJ, pues no sólo se pone en peligro el ejercicio futuro de la función de practicar actos de comunicación, sino que las pretensiones de las distintas administraciones entorno a la reforma de la Oficina Judicial resucita para los trabajadores de Auxilio Judicial, las funciones no jurisdiccionales como fundamentales y relevantes en el desarrollo de la NOJ.
No olvidemos tampoco la incidencia que todo esto tiene en la reducción de puestos de trabajo.
Pero lo expresado anteriormente, no significa que el resto de trabajadores integrantes de otros cuerpos no deban permanecer atentos, pues en el cajón, tienen preparado el segundo paso para introducirse en otras fases de los procesos de Ejecución. Todo se andará, pasito a pasito, para evitar la alarma general.
Una de las imprecisiones más peligrosas para los trabajadores de los SCACES, es la posibilidad de que le reboten las comunicaciones intentadas y no culminadas por el procurador, lo cual también recogemos en las alegaciones

“Otra inseguridad que se percibe y que habrá de resolver malamente en un futuro, es respecto a la duración o a la obligación o no de culminar un acto de comunicación por parte del procurador, es decir, iniciado el proceso de comunicación, cuando este se torna difícil, por dificultad de hallar al interesado o porque éste muestre alguna conducta particularmente inconveniente, ¿podrá entonces inhibirse y solicitar que la comunicación la practique un funcionario? “
Esto en la práctica se traduce en que las diligencias de noche, de fines de semana, con interesados violentos, las realizará indefectiblemente el funcionario. El primer paso, el cómodo para los procuradores, los cuales además pasarán las costas al cliente, los incómodos para el funcionario, el cual además no verá ni tan siquiera reconocida su labor , sino todo lo contrario en la injusta comparación con el procurador, comparación que con toda seguridad sólo se cuantificará por el número total de diligencias practicadas con éxito, su trabajo aparecerá como menos eficaz, puesto que habrá dado más vueltas y muchas veces, para no conseguir un resultado positivo.
Aunque hacemos alusiones genéricas a los Scaces, por ser el colectivo más numeroso y también el que más afectado resultará después de la implantación de la NOJ, no debemos olvidar que también están afectados los compañeros del cuerpo de Auxilio Judicial que actualmente y también en el futuro practicarán actos de comunicación y ejecución.

A continuación, copiamos los textos de la futura LEC, donde aparecen las reformas que más pueden incidir en el trabajo futuro de los SCACES. No sólo recoge el tema de los procuradores, sino también otros aspectos como la generalización de los Mandamientos como resolución dirigida a cualquier funcionario de Justicia, la adjudicación a los Secretarios Judiciales de la mayor parte de las resoluciones que deciden sobre la práctica de los actos de comunicación y ejecución.

El Sector de Justicia de CCOO de Asturias, ha remitido a los compañeros de Madrid, las alegaciones a cada artículo, para que las tengan en consideración para las mesas de negociación presentes y futuras.


"Artículo 149. Clases de actos de comunicación.

5.º Mandamientos, para ordenar el libramiento de certificaciones o testimonios y la práctica de cualquier actuación cuya ejecución corresponda a los Registradores de la Propiedad, Mercantiles, de Buques, de ventas a plazos de bienes muebles, notarios, o funcionarios al servicio de la Administración de Justicia.

La última frase en la redacción actual dice… agentes de Juzgado o Tribunal.

Alegación:

La sustitución del término agente, por el de funcionarios, señala, la tendencia a generalizar o extender las distintas funciones a los distintos cuerpos
Artículo 152. Forma de los actos de comunicación
1. Los actos de comunicación se realizarán bajo la dirección del Secretario judicial, que será el responsable de la adecuada organización del servicio. Tales actos se ejecutarán por:
1 .º Los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial.
2. º El procurador de la parte que así lo solicite, a su costa.
Se tendrán por válidamente realizados estos actos de comunicación cuando quede constancia suficiente de haber sido practicados en la persona o en el domicilio del destinatario.
A estos efectos, el procurador acreditará, bajo su responsabilidad, la identidad y condición del receptor del acto de comunicación, cuidando de que en la copia quede constancia de su firma y de la fecha en que se realice.
2. Los actos de comunicación se efectuarán en alguna de las formas
Ochenta y siete. En el artículo 161 se modifican el párrafo segundo del apartado 1, el apartado 2, el párrafo primero del apartado 3 y se introduce un apartado 5, que quedan con la siguiente redacción:
"La entrega se documentará por medio de diligencia que será firmada por el funcionario o, en su caso, el procurador que la efectúe y por la persona a quien se haga, cuyo nombre se hará constar."
"2. Cuando el destinatario de la comunicación sea hallado en el domicilio y se niegue a recibir la copia de la resolución o la cédula o no quiera firmar la diligencia acreditativa de la entrega, el funcionario o, en su caso, el procurador que asuma su práctica, le hará saber que la copia de la resolución o la cédula queda a su disposición en la Oficina judicial, produciéndose los efectos de la comunicación, de todo lo cual quedará constancia en la diligencia."
"3. Si el domicilio donde se pretende practicar la comunicación fuere el lugar en el que el destinatario tenga su domicilio según el padrón municipal, o a efectos fiscales, o según registro oficial o publicaciones de colegios profesionales, o fuere la vivienda o local arrendado al demandado, y no se encontrare allí dicho destinatario, podrá efectuarse la entrega a cualquier empleado, familiar o persona con la que conviva, mayor de 14 años, que se encuentre en ese lugar, o al conserje de la finca, si lo tuviere, advirtiendo al receptor que está obligado a entregar la copia de la resolución o la cédula al destinatario de ésta, o a darle aviso, si sabe su paradero."

"5. Cuando los actos de comunicación hubieran sido realizados por el procurador, éste deberá acreditar la concurrencia de las circunstancias a las que se refieren los apartados anteriores, para lo que podrá auxiliarse de dos testigos o de cualquier otro medio idóneo."

"Artículo 163. Servicio Común Procesal de Actos de Comunicación.
En las poblaciones donde esté establecido, el Servicio Común Procesal de Actos de Comunicación practicará los actos de comunicación que hayan de realizarse por la Oficina judicial, excepto los que resulten encomendados al procurador por haberlo solicitado así la parte a la que represente."

"Artículo 165. Actos de comunicación mediante auxilio judicial.

Dichos actos podrán ser realizados, a instancia de parte, por procurador legalmente habilitado para actuar ante el órgano exhortado, encargándose de su cumplimiento en los mismos términos y plazos establecidos en el párrafo anterior."


Alegaciones:
La reforma de estos dos artículos supone, la usurpación de funciones jurisdiccionales a los funcionarios del cuerpo de auxilio judicial, a los cuales, la última reforma de la LOPJ, les había dispensado de sus funciones no jurisdiccionales, para fortalecer, según el propio espíritu de la reforma, las jurisdiccionales y ahora vía reforma de la ley de procedimiento, se produce una intromisión que recorta considerablemente la posibilidad de ejercer en un futuro, con plenitud y en todos los órdenes jurisdiccionales una de las funciones más esenciales otorgadas a este cuerpo, para otorgar dicha función de modo parcial a operadores privados como son los procuradores.

La introducción de los Procuradores en el proceso, con capacidad de practicar actos de comunicación a la otra parte, además de suponer un primer paso encubierto de privatización de una parte del Servicio Público de la Justicia, quiebra la neutralidad de estos actos procesales, pues no se puede representar los intereses de una parte y al mismo tiempo observar una escrupulosa garantía de los derechos y de la tutela judicial de la parte contraria. Se introduce por lo tanto un elemento de subjetividad que no existe en la actualidad, con el desempeño de estas funciones de manera exclusiva por funcionarios pertenecientes a cuerpos de funcionarios de la Administración de Justicia.

Otra consecuencia negativa e innecesaria, es el encarecimiento de las costas procesales, ya de por sí bastante elevadas y la aparición de dos varas de medir y dos modelos de proceder, público y privado, para un mismo acto procesal.

Y para agravarlo todavía más aparece también un elemento de inseguridad jurídica, al introducir el apartado 5 con un contenido que obliga al procurador a acreditar la concurrencia de ciertas circunstancias, mediante dos testigos o cualquier otro medio idóneo ¿cuál es un medio idóneo o quién decide su idoneidad?

Otra inseguridad que se percibe y qué habrá de resolverse malamente en un futuro, es respecto a la duración o a la obligación o no de culminar un acto de comunicación por parte del procurador, es decir, iniciado el proceso de comunicación, cuando este se torna difícil, por dificultad de hallar al interesado o porque éste muestre alguna conducta particularmente inconveniente, ¿podrá entonces inhibirse y solicitar que la comunicación la practiqué un funcionario?

Noventa. Se modifica el párrafo primero del artículo 164 que queda redactado como sigue:
"Cuando, practicadas, en su caso, las averiguaciones a que se refiere el artículo 156, no pudiere conocerse el domicilio del destinatario de la comunicación, o cuando no pudiere hallársele ni efectuarse la comunicación con todos sus efectos, conforme a lo establecido en los artículos anteriores, o cuando así se acuerde en el caso a que se refiere el apartado 2 del artículo 157, el Secretario judicial, consignadas estas circunstancias, mandará que se haga la comunicación fijando la copia de la resolución o la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvaguardando en todo caso los derechos e intereses de menores, así como otros derechos y libertades que pudieran verse afectados por la publicidad de los mismos. Tal publicidad podrá ser sustituida, en los términos que reglamentariamente se determinen, por la utilización de medios telemáticos, informáticos o electrónicos, conforme a lo previsto en el artículo 236 de la Ley Orgánica del Poder Judicial."

Alegaciones:
Nuevamente se sustituye el término tribunal, por el de Secretario Judicial, el cual, en todo lo relativo a los actos de comunicación tiene un protagonismo fundamental.
En lo restante, el artículo, repite la redacción actual, si bien debería introducirse un matiz, en el lugar donde dice…o cuando no pudiera hallársele…debería añadirse EN EL DOMICILIO CONOCIDO; TRAS PERSONACIONES SUCESIVAS……
La experiencia viene demostrando, que los jueces no han aplicado mucho este artículo en lo que se refiere a no hallar al interesado, argumentando que la redacción no estaba muy clara, lo cual ha originado uno de los problemas más frecuentes e irresolutos en los SCACES, la reiteración indefinidamente de la búsqueda de la misma persona a distintas horas del día y lo que es peor, de la noche, con resultado nulo. La introducción de un matiz similar al que se señala, facilitaría la labor de los Secretarios Judiciales a la hora de resolver sobre la comunicación por edictos.






SAJ-CCOO D' ASTURIES: NÓMINAS

Puestos en contacto con el Servicio de Nóminas nos informan que ya han dado la orden de traspaso por lo cual a partir del día de hoy el dinero lo tendremos ingresado en nuestras cuentas, dependiendo de la entidad bancaria donde tengamos domiciliada la misma puede variar en unos días.

A partir de este mes, la nómina la recibiremos en el domicilio, y según nos informa dicho Servicio, la correspondiente al mes de Julio nos llegará a partir de la próxima semana.

SAJ-CCOO: PUBLICACIONES PENDIENTES DE LOS PROCESOS SELECTIVOS

A fecha de hoy y pese a que, adelantamos que la nota de corte de Tramitación Libre se publicaría el viernes-lunes pasado, es casi probable que, tanto la nota de corte como la lista de aprobados del primer ejercicio de Tramitación Libre no se publique como muy pronto hasta el viernes 31 de Julio, incluso, no se descarta la posibilidad de que se retrase hasta la semana próxima.


Respecto a la lista de aprobados del primer ejercicio de Gestión, Libre: pudiera ser publicada mañana en la página web del ministerio.

martes 28 de julio de 2009

SAJ-CCOO:27 DE JULIO, MESA SECTORIAL EN EL MINISTERIO, SOBRE LA NUEVA OFICINA JUDICIAL

Los Directores Generales de Administración de Justicia y de Modernización presentan el Plan Estratégico para la Modernización de la Administración de Justicia y emplazan a los sindicatos a presentar alegaciones en el plazo de cinco días naturales

PERO EL MINISTERIO DE JUSTICIA SE NIEGA A NEGOCIAR ENMIENDAS A LA REFORMA DE LAS LEYES PROCESALES Y A LA LOPJ A PESAR DE QUE AFECTAN A LAS CONDICIONES DE TRABAJO DE MILES DE TRABAJADORES

El Ministerio de Justicia ha presentado en la Mesa un texto con lo que denominan el “Plan estratégico para la Modernización del Sistema de Justicia”. Sin embargo, desde CCOO hemos exigido que, previamente y dado los plazos, deberíamos negociar las enmiendas a las reformas de las Leyes Procesales y a la LOPJ actualmente en el Senado, ya que es fundamental para poder garantizar que, en la puesta en marcha de la nueva oficina judicial, las funciones, los derechos de movilidad voluntaria de los trabajadores, la adscripción a un centro de destino elegido voluntariamente…., no se verán cercenados.

Dado que el Ministerio ha insistido en entrar en el contenido de dicho Plan, CCOO ha manifestado, y exigido, lo siguiente:

Nos parece un método de trabajo inaceptable presentar este documento aislado de las reformas de las Leyes procesales que el Gobierno pretende, porque este Plan estratégico recoge ideas generales sobre las modificaciones que se quieren abordar en la normativa en vigor para la puesta en marcha de la Nueva Oficina Judicial, pero no concretan la mayoría de ellas.
Rechazar por insuficiente el plazo de cinco días para presentar propuestas, porque es un plazo irrisorio que sólo pretende justificar el trámite de audiencia a los representantes de los trabajadores, pero no permite ninguna negociación. Sólo tendría sentido si verdaderamente el Ministerio adquiriera hoy el compromiso de negociar todas las modificaciones que afectan a las condiciones de trabajo de los trabajadores en la Nueva Oficina Judicial y en las RPT.
Deben introducirse en la LOPJ los aspectos del Acuerdo suscrito en diciembre de 2005 por el equipo del Ministro López Aguilar con los sindicatos más representativos, que afectan a una mejora en el régimen disciplinario de los funcionarios en las faltas graves, la integración en los Cuerpos (abandonando la Escala a extinguir) a medida que se van logrando las titulaciones respectivas……, así como las incorporaciones en materia de permisos y excedencias de otras Leyes. No es tolerable que en los proyectos de modificaciones de las Leyes Procesales y de la LOPJ aprobados ya en el Congreso estas cuestiones no se hayan introducido, a pesar de que el nuevo equipo del Ministerio de Justicia conoce perfectamente que debe hacerlo.
Hemos vuelto a entregar a este nuevo equipo de dirección del Ministerio los más de 125 folios de alegaciones que CCOO presentó al proyecto de oficina judicial y de RPT que el equipo de López Aguilar presentó, porque muchos de sus contenidos van a mantener su vigencia en este nuevo proyecto, sin perjuicio de otras alegaciones que vamos a remitir sobre las nuevas cuestiones que introduce en este proyecto.
¿Por qué el Ministerio de Justicia no acepta eliminar de las modificaciones que pretende incorporar a las Leyes Procesales y LOPJ algunas como dar competencias a los Procuradores en los actos de comunicación (artículo 152 de la LEC), o propone suprimir de la LOPJ las características esenciales del puesto de trabajo para las RPT como una de las condiciones que debe contener cualquier RPT en la Administración de Justicia (artículo 521 de la LOPJ)?
No aceptaremos una disminución de los puestos de trabajo ni por localidad, ni por Cuerpo, ni en su conjunto, y rechazamos de forma contundente cualquier pérdida de puestos de trabajo de la Administración de Justicia en la reforma de los Registros Civiles.
Exigimos una clarificación meridiana del Ministerio de Justicia acerca de los derechos reconocidos en nuestro Estatuto Jurídico, como los concursos de traslado anuales y con resultas, la Oferta de Empleo Público anual y única en todo el Estado, la reserva de función de los funcionarios de la Administración de Justicia (también en una eventual reforma que volviera a poner sobre la mesa la creación de los Juzgados de Proximidad), una estructura retributiva propia de la Administración de Justicia, lograda tras muchos años de lucha….
En las modificaciones normativas que se pretenden deben clarificarse las funciones de todos los Cuerpos (incluidas las de los Secretarios Judiciales) en la Nueva Oficina Judicial, pero dejando muy claro que ningún cuerpo pueda delegar competencias en otros, como hasta el momento está ocurriendo en los sistemas registrales, y en muchas otras actuaciones, con las funciones de los Secretarios Judiciales, que tienen estas competencias, pero se les está permitiendo por el Ministerio de Justicia delegar funciones en otros Cuerpos lo que es intolerable. Y debe tenerse en cuenta también al personal laboral que contribuye al funcionamiento de tareas imprescindibles en la Administración de Justicia.

Ambos Directores Generales, además de explicar algún detalle del Plan estratégico que han presentado, de decir que esta versión no es la última, de que han permitido la participación de todas las Instituciones (CGPJ, CCAA…), de Jueces, de Secretarios Judiciales, de Operadores Jurídicos, de Asociaciones ciudadanas…., en este Plan estratégico, sólo ha contestado de nuestras demandas a lo siguiente:

· Sí trasladarán el Acuerdo de diciembre 2005 a las modificaciones normativas, pero son incapaces de asegurar si lo harán ahora en modificación actual y en marcha de la LOPJ o a través del trámite posterior de alguna Ley, y sin concretar ninguna fecha.
· El Plan estratégico no puede contener detalles de las modificaciones normativas sino cuestiones de tipo general, por eso no entran a discutir alegaciones de contenido concreto en esta fase, sino, dicen, en el proceso de negociación de las RPT posteriormente.
· La Nueva Oficina Judicial se pondrá en marcha a partir de enero de 2010 en algunos partidos judiciales que no concretan, sin perjuicio de que si el Senado aprueba las modificaciones de las Leyes procesales en octubre de este año, prevén una vacatio legis de 6 meses (hasta marzo o abril de 2010)
· Los sindicatos tendrán participación en la Comisión de Seguimiento del Plan.

CCOO ha respondido a los Directores Generales del Ministerio con una valoración muy negativa del contenido de la reunión, y les hemos recriminado su actuación porque se han limitado a dar una información del Plan estratégico de Modernización que consideramos claramente insuficiente, sin abordar, además, los contenidos de las reformas procesales.

A título de ejemplo, hemos manifestado nuestro estupor a que el subprograma 4 sobre los funcionarios judiciales, dentro de lo que llaman “racionalización de recursos humanos” dentro de la modernización organizativa del Plan Estratégico, exprese textualmente: “promover la reforma de determinados artículos de la LOPJ, del reglamento orgánico y de otros reglamentos, como el disciplinario y el de régimen de provisión de puestos y promoción, para introducir modificaciones referidos al estatuto jurídico, al régimen de sustituciones, al régimen disciplinario o para la adaptación de algunos aspectos de su régimen de provisión de puestos a las competencias que se otorgan en los estatutos de autonomía de las CCAA…”, y, en cambio se niegue por los Directores Generales haber tomado ninguna decisión al respecto sobre estas cuestiones, y además no quieran ni siquiera informar de la posición del Ministerio de Justicia sobre las mismas.

Rechazamos su actitud porque no clarifican su posición ni se comprometen con nada de lo demandado en nuestras intervenciones, ni hay garantía de que se negociarán todas las modificaciones de las Leyes Procesales y de la LOPJ, ni existe el compromiso de que la reforma de la nueva oficina judicial va a respetar los derechos de los trabajadores.

Nos tememos que el Ministerio va a intentar aprobar en el Senado las nuevas Leyes procesales, sin ninguna negociación, y si esto es así y no se atienden las demandas de los trabajadores, las reformas que se van a emprender nacerán en un estado de conflicto.

NINGUNA REFORMA DE LA OFICINA JUDICIAL PUEDE PRETENDER REALIZARSE SIN CONSENSO CON LOS TRABAJADORES SOBRE QUIÉNES RECAERÁ LA MAYOR PARTE DE LA RESPONSABILIDAD EN SU PUESTA EN MARCHA
Madrid, 27 de julio de 2009
A continuación os dejamos el enlace al PLAN ESTRATÉGICO, al cual debemos realizar las alegaciones.

lunes 27 de julio de 2009

SAJ-CCOO D'ASTURIES: PLAN DE PENSIONES

En el día de hoy, hemos presentado por registro el siguiente:
Una vez recibida la información sobre el Subplan de Pensiones concertado para los funcionarios de la Administración de Justicia del Principado y habiendo conocido las primeras impresiones de los trabajadores, así como la opinión de los servicios jurídicos de nuestro sindicato, los cuales mantienen que no existe impedimento legal para que la Administración negocie con la entidad correspondiente un plan para nuestro colectivo que no lleve implícita la obligación de aportaciones por parte del trabajador, SOLICITAMOS de los responsables de Función Pública, nos remitan la información correspondiente, sobre los imperativos legales que les obligan a contratar el subplan de referencia, en las condiciones expresadas e impiden que se contrate un plan en otros términos similares al de la Administración General del Estado. Todo ello, con el objeto de informar adecuadamente a los trabajadores y evitar entablar un litigio contencioso- administrativo por este tema.
Desde CCOO, debemos recordarle a la Admón., que en la Mesa General de Negociación de 27 de Abril del corriente, este sindicato manifestó textualmente: “queremos dejar bien claro, que el Plan de Pensiones de los trabajadores de la Admón. de Justicia no es un capítulo más de Acción Social, sino salario diferido que percibimos merced al Acuerdo de la Mesa General Estatal de la Función Pública. Instamos a esta Admón. para que una vez gestione nuestras nóminas (a partir del mes de julio) constituya inmediatamente el subplan, y que las cantidades que ahora tenemos depositadas en el BBVA sean traspasadas a la entidad bancaria que resulte elegida junto a las cantidades que nos corresponden para este año en curso”
Vista la información recibida, además de solicitar lo descrito en el primer párrafo, debemos a formular una serie de cuestiones, de suma importancia para este sindicato así como para los trabajadores a los que representamos:
- El Plan de Pensiones, o más correctamente, el Plan de Empleo ¿es materia de negociación o de imposición por parte de esa Administración, nuestras peticiones ya expresadas, y no rechazadas en dicha mesa resultaron ser un mero trámite?.
- En la información que ahora se nos proporciona no se indica cuáles son las cantidades que se nos deben aportar para este año 2009, las cuales, por supuesto, queremos conocer.
- ¿Percibiremos todos los trabajadores adheridos al Plan de Empleo el 0,5%,(salvo que se acuerden mejoras del mismo) de nuestra masa salarial durante este y en los sucesivos ejercicios?

En Oviedo, a 27 de julio de 2009

Fdo: JUAN JOSE AZCANO ROZAS
Coordinador del SAJ-CCOO d’Asturies
A/A D. DANIEL ÁLVAREZ RODRÍGUEZ
Director General de la Función Pública
CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y PORTAVOZ DEL GOBIERNO


sábado 25 de julio de 2009

SAJ-CCOO D' ASTURIES: SUBPLAN DE PENSIONES


En estos días, estais recibiendo en vuestros domicilios, información de la Administración, sobre el subplan de pensiones que Función Pública ha contratado para los trabajadores de la Administración de Justicia de Asturias.

La información de la que disponemos a estas alturas, aún no está completa y siendo múltiples las dudas que los compañeros nos plantean, estamos realizando las gestiones oportunas, para poder responderlas todas a la mayor brevedad posible. A pesar de que estamos visitando los centros en persona, para tratar este tema, dado que el mismo es denso y lleva su tiempo, podeis plantearnos dudas por teléfono (629653568) o por correo electrónico: justicia.ccoo@gmail.com

viernes 24 de julio de 2009

SAJ-CCOO :LISTA DE APROBADOS TRAMITACIÓN PROMOCIÓN INTERNA

Acuerdo del Tribunal Calificador Único -Promoción Interna- por el se publica la lista de aprobados de la fase de oposción y apertura de la fase de concurso

24 de julio de 2009

Los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición, disponen de un plazo de veinte días naturales, contados desde el 25 de julio de 2009 hasta el 13 de agosto de 2009

Acuerdo de 24 de julio. (PDF. 57KB) (versión HTML)

Lista aprobados fase oposición. (PDF. 80KB) (versión HTML)


SAJ - CCOO: POSIBLE PUBLICACIÓN CORTE TRAMITACIÓN

Según la información que hemos podido obtener, el Ministerio de Justicia podría hacer público hoy, A ULTIMA HORA, en su página web la NOTA DE CORTE DEL PRIMER EJERCICIO DE TRAMITACIÓN LIBRE.
Respecto a TRAMITACIÓN, PROMOCIÓN INTERNA, según nos informan, también podría publicarse hoy mismo o el lunes. Sin embargo, no nos han confirmado si se publicará nota de corte del segundo ejercicio o, directamente, el listado de aprobados del segundo ejercicio y de la fase de oposición.

Estaremos atentos

SAJ - CCOO : OPOSICIONES ADMON. ESTADO: ADMITIDOS, EXCLUIDOS Y FECHAS PRIMER EJERCICIO

Se publica en el BOE de hoy, 24 de Julio, Resolución del Ministerio de Presidencia por la que se aprueban las relaciones de admitidos, excluidos y se anuncia la convocatoria para el primer ejercicio de los procesos selectivos para el acceso (libre y promoción interna) a los diferentes Cuerpos de la Administración del Estado.

Recordamos que la convocatoria de estos procesos selectivos. se publicó en el BOE de 21 de mayo de 2009 (Orden PRE/1260/2009, de 11 de mayo)

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA
Cuerpos de la Administración del Estado
Resolución de 10 de julio de 2009, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se aprueban las relaciones de aspirantes admitidos, se publican las relaciones de aspirantes excluidos y se anuncia la fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio de los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en los Cuerpos General Auxiliar de la Administración del Estado (libre y promoción interna para personal funcionario y personal laboral fijo), General Administrativo de la Administración del Estado (promoción interna para personal funcionario y personal laboral fijo), Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado (promoción interna para personal funcionario y personal laboral fijo), Gestión de la Administración Civil del Estado (libre y promoción interna para personal funcionario y personal laboral fijo), Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado (libre y promoción interna para personal funcionario y personal laboral fijo) y en la Escala de Gestión de Organismos Autónomos (promoción interna para personal funcionario y personal laboral fijo).

PDF (BOE-A-2009-12291 - 73 págs. - 1173 KB)

SAJ-CCOO:27 DE JULIO, MESA SECTORIAL EN EL MINISTERIO, SOBRE LA NUEVA OFICINA JUDICIAL

El lunes próximo, hemos sido convocados a Mesa de Negociación con el único punto del orden del día: Oficina Judicial. Esta convocatoria es fruto de la insistencia de CCOO en la última reunión con el Ministerio que, como sabéis de la información de aquella reunión (1 de Julio) , en la misma, el Ministerio, se limitó a dar una escasa información al respecto, mientras que CCOO exige una negociación sobre las condiciones de trabajo que se derivan de la puesta en marcha de este Proyecto.

jueves 23 de julio de 2009

SAJ-CCOO : ACUERDO DEL TRIBUNAL DE AUXILIO JUDICIAL. LISTADO DE APROBADOS Y PLAZO DE MÉRITOS.

Adjuntamos enlaces con la relación de aprobados de Auxilio Judicial y plazo para la presentación de documentación. El plazo es de 20 días naturales.

Acuerdo del Tribunal por el que se publican las relaciones de opositores que han superado los ejercicios de la fase de oposición, y se les concede un plazo de 20 días naturales para presentar los méritos a valorar en la fase de concurso.

23 de julio de 2009

El plazo concedido a los opositores que han superado la fase de oposición y que se relacionan en los anexos, es de de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a esta publicación del Acuerdo, es decir, a contar desde el día 24 de julio.

Acuerdo de 22 de julio. (PDF. 77KB) (versión HTML)

Relación alfabética, sistema general. (PDF. 491KB) (versión HTML)

Relación alfabética, reserva discapacitados. (PDF. 114KB) (versión HTML)

Relación aprobados, sistema general. (PDF. 485KB) (versión HTML)

Relación aprobados, reserva discapacitados. (PDF. 121KB) (versión HTML)

miércoles 22 de julio de 2009

SAJ-CCOO D 'ASTURIES: MEDIDAS PREVENTIVAS ANTE LA GRIPE A (H1N1)

Los delegados del SAJ de CCOO, ante la preocupante información que diariamente aparece en los medios de comunicación y habiendo recabado en las páginas oficiales españolas y europeas, la máxima información posible sobre la situación y evolución de la Gripe A(H1NI1), consideramos necesario, recabar información, sobre las previsiones de la Administración, para afrontar el problema con la máxima planificación y eficacia. En ese sentido, hemos formulado por escrito a la Consejería de Justicia, las siguientes cuestiones:

- Si la Administración del principado y concretamente la Consejería de Justicia cuenta con algún Plan de Actuación, para salvaguardar, la salud de los trabajadores y garantizar, asimismo, el mantenimiento del Servicio Público de la Administración de Justicia y concretamente deseamos saber:

1- Si ha realizado o tiene previsto realizar, algún diagnóstico previo, sobre los factores de riesgo que afecten o puedan afectar a trabajadores y usuarios de la Justicia Asturiana.

2- Si ha preparado o tiene previsto preparar, algún Plan de actuación, similar al que se está preparando desde las Administraciones Españolas y Europeas, como guía de actuación en las empresas.

3 - Si tiene preparado o previsto preparar algún programa puntual y específico de formación e información a los trabajadores.

4- Si tiene preparado algún plan de emergencia para contratación de trabajadores interinos, de forma rápida y eficaz, en caso de que sea necesario sustituir a trabajadores con licencia por enfermedad o aislamiento, en número superior al habitual.

Asimismo, manifestamos nuestra disposición, para colaborar, en la implantación de todas aquellas medidas que desde la Administración puedandiseñarse, que resulten necesarias y no atenten contra los derechos de los trabajadores.


Si la respuesta de la Administración, resultase insatisfactoria, la requeriremos formalmente para que inste algún plan previsor, antes del invierno y tomaremos todas las iniciativas necesarias para que se implanten medidas para salvaguardar la salud de los trabajadores.

SAJ-CCOO: PUBLICADA NOTA DE CORTE AUXILIO JUDICIAL

Acuerdo del Tribunal por el que se fija la nota mínima necesaria para superar el segundo ejercicio de la oposición celebrado el pasado día 27 de junio.

22 de julio de 2009

Acuerdo de 21 de julio. (PDF. 70KB) (versión HTML)

SAJ-CCOO D' ASTURIES: PLAN DE PENSIONES DEL PRINCIPADO

Hoy hemos recibido información sobre la creación, dentro del Plan de Pensiones del Principado de Asturias, de un Subplan destinado a los funcionarios de la Administración de Justicia.

Nos comunican, más bien tarde, ya que ha transcurrido más de un mes, que la Comisión de Control de dicho Plan se reunió el pasado 18 de junio, y en dicha reunión se acordó la creación de nuestro Subplan.

Como hemos detectado algunos puntos poco claros y nos han surgido varias dudas hemos comenzado a confeccionar un documento que inmediatamente remitiremos a la Dirección General de Función Pública al objeto de que nos aclaren las mismas.

SAJ-CCOO: ÚLTIMA HORA DE OPOSICIONES

Estamos a la espera de que el Tribunal publique hoy mismo en la página web del Ministerio las notas de corte de AUXILIO JUDICIAL (2º EJERCICIO); Las listas de aprobados de la fase de oposición se harán publicas, probablemente, mañana, con el fin de que la entrega de documentación para la fase de méritos pueda comenzar a partir del VIERNES 24 DE JULIO, pues en la misma Resolución en la que se hagan públicas las relaciones de aprobados se establecerá el plazo de 20 DÍAS NATURALES para presentar toda la documentación acreditativa, en original o fotocopia compulsada, de los méritos a valorar.

SAJ-CCOO D' ASTURIES: FUNCIÓN PÚBLICA NOS REMITE OFERTA DEUTSCHE BANK

Función Pública nos ha remitido esta oferta destinada a todos los empleados del Principado, es referente a la domiciliación de nuestras nóminas en DEUTSCHE BANK. Os la hacemos saber por si interesa a alguien.

CCOO-FSC: AYUDA PARA LOS TRABAJADORES DE EMFERBUS

DESDE EL 2 DE FEBRERO LOS TRABAJADORES DE LA EMPRESA EMFERBUS ESTAN EN HUELGA POR LA DEFENSA DE SUS PUESTOS DE TRABAJO. ESTA SITUACIÓN DESPUÉS DE CASI 6 MESES SE HACE INSOSTENIBLE PARA LAS ECONOMIAS FAMILIARES, POR LO QUE HAN ABIERTO UNA CUENTA CORRIENTE DONDE PODEMOS HACER LLEGAR LAS APORTACIONES ECONÓMICAS QUE SOLIDARIAMENTE CADA UNO PUEDA REALIZAR.


Nº DE CUENTA DE DE APOYO A LOS TRABAJADORES DE EMFERBUS

CAJASTUR: 2048-0070-33-3404001429


GRACIAS POR VUESTRA COLABORACIÓN

lunes 20 de julio de 2009

SAJ-CCOO: RETRASO SEGUNDO EXAMEN TRAMITACIÓN LIBRE

Acabamos de conocer que la convocatoria para el 2º Ejercicio de Tramitación Libre que estaba previsto a finales de Septiembre o principios de Octubre se retrasa casi con toda probabilidad para el 17 DE OCTUBRE. Las notas de corte posiblemente se publicarán a finales finales de esta semana y la lista de aprobados se publicaría el 31 de Julio.

viernes 17 de julio de 2009

SAJ-CCOO: EL CONSEJO DE MINISTROS DE 17 DE JULIO DE 2009 APRUEBA LA PROGRAMACIÓN DE 2009 CON 135 NUEVAS UNIDADES JUDICIALES

CREADAS 135 UNIDADES JUDICIALES

  • CREADAS 135 UNIDADES JUDICIALES
  • Con ello se completa la programación del año 2009.
  • Se autorizan 106 nuevos juzgados, se constituye uno y se dotan 28 plazas de magistrados en Tribunales superiores y Audiencias provinciales.
  • Habrá once nuevos Juzgados de Violencia sobre la Mujer y veintidós Juzgados de lo Penal.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se crean y constituyen 135 unidades judiciales, de las que 106 son nuevos Juzgados, uno entra en funcionamiento y se dotan 28 plazas de magistrado en Tribunales Superiores y Audiencias Provinciales. Esta ampliación adapta la Planta Judicial a las necesidades existentes y completa la programación aprobada para el año 2009, iniciada con el Real Decreto del 13 de febrero de este año.

Con este Real Decreto se configura una planta judicial más idónea para atender a las necesidades de la Administración de Justicia y garantizar a los ciudadanos la efectividad de la protección judicial de sus derechos.

La creación de estos 106 nuevos Juzgados y la constitución de uno más. Consolida la apuesta decidida del Gobierno de España por los juzgados de Violencia sobre la Mujer, ya que, a los 92 ya constituidos y en actual funcionamiento, se han de sumar ahora los once creados en este Real Decreto. Además, se mantiene una atención preferente a los juzgados de lo Penal, al crearse un total de veintidós nuevos Juzgados.

Ésta es la distribución de los nuevos Juzgados:


21 Juzgados de Primera Instancia

  • Número 8 de Almería
  • Número 6 de Jerez de la Frontera
  • Números 17 y 18 de Granada
  • Número 7 de Huelva
  • Número 7 de Marbella
  • Número 11 de Oviedo
  • Número 10 de Santa Cruz de Tenerife
  • Número 14 de Valladolid
  • Número 6 de Guadalajara
  • Número 8 de Sabadell
  • Número 7 de Granollers
  • Número 8 de Mataró
  • Número 7 de Girona
  • Número 8 de Castellón
  • Número 5 de Ferrol
  • Número 5 de Lugo
  • Número 6 de Alcalá de Henares
  • Número 7 de Móstoles
  • Número 96 de Madrid
  • Número 13 de Murcia

4 Juzgados de Instrucción

  • Número 5 de Jerez de la Frontera
  • Número 5 de Huelva
  • Número 6 de Castellón
  • Número 9 de Murcia

34 Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

  • Número 5 de Chiclana de la Frontera
  • Número 4 de La Línea de la Concepción
  • Número 3 de Posadas
  • Número 3 de Coín
  • Número 5 de Vélez-Málaga
  • Número 3 de Coria del Río
  • Número 7 de Dos Hermanas
  • Número 4 de Sanlúcar la Mayor
  • Número 4 de Utrera
  • Número 3 de Teruel
  • Número 7 de Inca
  • Número 7 de Manacor
  • Número 6 de Puerto del Rosario
  • Número 3 de Castro-Urdiales
  • Número 8 de Ponferrada
  • Número 3 de Hellín
  • Número 6 de Illescas
  • Número 6 de Toledo
  • Número 7 de Arenys de Mar
  • Número 9 de Gavá
  • Número 8 de Rubí
  • Número 6 de Sant Boi de Llobregat
  • Número 5 de Vilafranca del Penedes
  • Número 9 de Vilanova i la Geltrú
  • Número 8 de Denia
  • Número 8 de Orihuela
  • Número 3 de Picassent
  • Número 4 de Requena
  • Número 5 de Sagunto
  • Número 3 de Tui
  • Número 5 de Navalcarnero
  • Número 2 de Torrelaguna
  • Número 7 de Valdemoro
  • Número 4 de Gernika-Lumo

22 Juzgados de lo Penal

  • Número 4 de Jaén
  • Números 12 y 13 de Málaga
  • Número 14 de Sevilla
  • Número 2 de Avilés
  • Número 9 de Zaragoza
  • Número 8 de Santa Cruz de Tenerife
  • Número 5 de Santander
  • Números 26 y 27 de Barcelona
  • Número 4 de Sabadell
  • Número 3 de Terrassa
  • Número 8 de Alicante
  • Números 16, 17 y 18 de Valencia
  • Número 2 de Cáceres
  • Números 31 y 32 de Madrid
  • Número 3 de Cartagena
  • Número 6 de Murcia
  • Número 5 de Pamplona

7 Juzgados de lo Contencioso-Administrativo

  • Número 2 de Algeciras
  • Números 13 y 14 de Sevilla
  • Número 6 de Oviedo
  • Número 3 de León
  • Número 3 de Toledo
  • Número 32 de Madrid

4 Juzgados de lo Social

  • Número 13 de Málaga
  • Número 5 de A Coruña
  • Número 40 de Madrid
  • Número 4 de Vitoria-Gasteiz

1 Juzgado de Menores

  • Número 2 de Córdoba

2 Juzgados de Vigilancia Penitenciaria

  • Número 6 de la Comunidad Autónoma de Cataluña, con sede en Barcelona
  • Número 6 de la Comunidad de Madrid, con sede en Madrid

11 Juzgados de Violencia sobre la Mujer

  • Número 1 de Eivissa
  • Número 1 de Burgos
  • Número 5 de Barcelona
  • Número 1 de Manresa
  • Número 1 de El Vendrell
  • Número 1 de Torrevieja
  • Número 4 de Valencia
  • Número 11 de Madrid
  • Número 1 de Collado-Villalba
  • Número 1 de Coslada
  • Número 1 de Torrejón de Ardoz

Además, conforme a lo dispuesto en la Ley de 28 de diciembre de 1988, se constituye Juzgado de lo Social Número 3 de Tarragona.

Plazas de Magistrado

En el Real Decreto aprobado hoy se recoge la dotación de nuevas plazas de Magistrado, tanto en Tribunales Superiores de Justicia, como en las Audiencias Provinciales, y la creación de las Secciones vigésimo segunda y trigésima de las Audiencias Provinciales de Barcelona y Madrid, respectivamente.

8 plazas de Magistrado en Tribunales Superiores de Justicia

  • Dos plazas de Magistrado para la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
  • Cuatro plazas de Magistrado para la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid.
  • Una plaza de Magistrado para la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia.
  • Una plaza de Magistrado para la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

20 nuevas plazas de Magistrado en Audiencias Provinciales

  • Una plaza de Magistrado para la Sección 7ª de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Algeciras
  • Tres plazas de Magistrado para la Audiencia Provincial de Barcelona.
  • Una plaza de Magistrado para la Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Tarragona
  • Una plaza de Magistrado para cada una de las Secciones 2ª y 3ª de la Audiencia Provincial de Alicante
  • Una plaza de Magistrado para cada una de las Secciones 2ª y 3ª del la Audiencia Provincial de Castellón
  • Una plaza de Magistrado para cada una de las Secciones 2ª, 3ª, 4ª y 5ª de la Audiencia Provincial de Valencia
  • Cuatro plazas de Magistrado para la Audiencia Provincial de Madrid.
  • Una plaza de Magistrado para la Sección 29ª de la Audiencia Provincial de Madrid
  • Una plaza de Magistrado para la Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Álava.
  • Una plaza de Magistrado para la Audiencia Provincial de Logroño.

Creación y composición de nuevas Secciones de Audiencias Provinciales

a)Sección vigésimo-segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona.

b)Sección trigésima de la Audiencia Provincial de Madrid.

La composición de la nueva Sección en la Audiencia Provincial de Barcelona, será de un Presidente y dos Magistrados, mientras que la de la nueva Sección en la Audiencia Provincial de Madrid de un Presidente y tres Magistrados.


SAJ-CCOO: ACUERDO DEL TRIBUNAL CALIFICADOR UNICO DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA INGRESO EN EL CUERPO DE GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA, TURNO LIBRE

Convocatoria de 10 de noviembre de 2008, B.O.E. núm. 280 de 20 de noviembre.
El Tribunal Calificador Único, reunido en Madrid, a 16 de julio de 2009, ha acordado lo siguiente:
A la vista del número y nivel de conocimientos de los aspirantes presentados, el Tribunal ha decidido que la puntuación mínima para superar el primer ejercicio de las pruebas de ingreso en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, sistema de Acceso Libre, en cada ámbito territorial, tanto en el sistema de acceso general como en el cupo de reserva de discapacitados, sea la siguiente:

AMBITO TERRITORIAL PUNTUACIÓN MÍNIMA
Andalucía 65
Canarias 52
Cataluña 54
Galicia 60,25
Comunidad Valenciana 59
Madrid 58,25
Navarra 62,50
País Vasco 59,25
Resto Península y Baleares 55
Reserva de discapacitados en todos los ámbitos territoriales 51,75
Los opositores que no alcancen la puntuación mínima reflejada en el apartado anterior tendrán la consideración de suspensos y no serán convocados a los restantes ejercicios de la oposición.
EL PRESIDENTE LA SECRETARIA
Eduardo Cruz Torres Antonia Fernández Rodriguez

jueves 16 de julio de 2009

SAJ-CCOO: IMPUGNACIONES TRAMITACIÓN PROMOCIÓN INTERNA

Tribunal Calificador Único Tramitación Procesal y Admtiva. -Promoción interna-
Orden JUS/3339/2008
ACUERDO DEL TRIBUNAL CALIFICADOR ÚNICO DEL PROCESO SELECTIVO
PARA EL INGRESO AL CUERPO DE TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA, PROMOCIÓN INTERNA CONVOCADO POR ORDEN JUS 3339/2008 DE 10 DE NOVIEMBRE DE 2008.

En Madrid a 15 de julio de 2009, reunidos los componentes del Tribunal Calificador Único de las pruebas selectivas para cubrir plazas del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa por el turno de promoción interna han procedido a valorar las impugnaciones presentadas por los opositores al segundo ejercicio realizado el día 20 de junio de 2009 y adopta el siguiente acuerdo:
Desestimar las impugnaciones de las preguntas 1, 4 y 7 en base a las siguientes consideraciones:
Pregunta nº 1, corresponde al Tema 11 que comprende la Jurisdicción Voluntaria. Naturaleza y Clases de Procedimiento. Especial referencia a los actos de conciliación. La Disposición Derogatoria Única 1. de la Ley 1/2000, de 7 de Enero, de Enjuiciamiento Civil dispone: “Se deroga la Ley de Enjuiciamiento Civil aprobada por Real Decreto de 3 de febrero de 1881, con las siguientes excepciones:…2ª El Título I del Libro II (que tiene por rúbrica “De los actos de conciliación”), así como el artículo 11, sobre conciliación, y la sección 2ª del Título IX del Libro II, sobre la declaración de herederos abintestato, que estarán vigentes hasta la entrada en vigor de la regulación de ambas materias en la Ley sobre Jurisdicción Voluntaria”. Por lo tanto, la declaración de herederos ab intestato ha de enmarcarse dentro del tema 11, bien en el apartado general de la Jurisdicción Voluntaria o bien en el apartado de Naturaleza y Clases al igual que los actos de conciliación a los que dicho tema hace especial referencia, a pesar de estar regulados en el Título I, del Libro II (“de la Jurisdicción Contenciosa”) de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1881.. La respuesta correcta a la pregunta es la c) en base al artículo 979 de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1881 (Título IX del Libro II), al tratarse de descendientes (hijos) de Diego Pérez Ramos y Yolanda Nieto Blázquez.

Pregunta nº 4, la respuesta correcta es la b). en base al artículo 595 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, pues habida cuenta que en el caso práctico (Auto de procesamiento) que sirve de base a las preguntas, se “ratifica la situación provisional y sin fianza en que Vicente Renzo Rodríguez Quirós se encuentra desde el día 19 de febrero de 2008”, es claro que la fianza a que se refiere la pregunta es la relativa a las responsabilidades pecuniarias y no a la fianza para acordar la libertad provisional.

Pregunta nº 7, corresponde al Tema 13 el apartado relativo a la pieza de responsabilidad civil en el proceso penal, con independencia de que el Código Penal, como derecho sustantivo, también se refiera a las personas civilmente responsables. La Ley de Enjuiciamiento Criminal, hace referencia en diversos preceptos a la pieza de responsabilidad civil (entre otros, el Título IX, artículos 589 a 614 sobre las fianzas y embargos, el Título X del Libro II, artículos 615 a 621 a la responsabilidad civil de terceras personas; el artículo 764 y, en concreto, el número 3 de dicho artículo respecto de las compañías aseguradoras como responsables civiles directos).
La Presidenta El Secretario

Teléfonos y correo electrónico

985968799/ 985176942/ 629653568 justicia.ccoo@gmail.com