En relación al inicio de recogida de huellas para el control horario, una vez publicada en el BOPA del día 19 de septiembre, la resolución de fecha 11 de septiembre por la que se crea y regula el fichero de datos de control horario del personal funcionario al servicio de la Admón., de Justicia en el Principado de Asturias, desde CCOO instamos a esa Dirección General, al objeto de que cuando reinicie la recogida de huellas, esta se produzca conforme a la legalidad vigente, es decir, respetando escrupulosamente los arts., 23 y 28 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica de protección de datos de carácter personal, que en su artículo 23 establece que los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición son personalísimos y serán ejercidos por el afectado; y en su artículo 28 expresa que al ejercitar el derecho de acceso, el afectado podrá optar por recibir la información a través de uno o varios de los siguientes sistemas de consulta del fichero: Visualización en pantalla. Escrito, copia o fotocopia remitida por correo, certificado o no. Telecopia. Correo electrónico u otros sistemas de comunicaciones electrónicas. Cualquier otro sistema que sea adecuado a la configuración o implantación material del fichero o a la naturaleza del tratamiento, ofrecido por el responsable.
Y por supuesto, reiterar una vez más, que CCOO entiende que la negociación previa es imprescindible para evitar futuros problemas, en éste y en los demás asuntos que deben ser tratados.
Asturies, a 23 de setiembre de 2009
Juan José Azcano Rozas
Y por supuesto, reiterar una vez más, que CCOO entiende que la negociación previa es imprescindible para evitar futuros problemas, en éste y en los demás asuntos que deben ser tratados.
Asturies, a 23 de setiembre de 2009
Juan José Azcano Rozas
Coordinador del SAJ-CCOO d' Asturies