Sr. Director, como conocerá, el Tribunal Supremo acaba de dictar Sentencia por la que viene a reconocer una reclamación (ya histórica) de los trabajadores de la Administración de Justicia, por la que, independientemente del lugar de destino donde prestan servicios, todos tienen derecho a cobrar la misma cuantía por el concepto de especial responsabilidad y dificultad (antiguo Real Decreto 1909/2000, BOE de 30 de noviembre), y que, en la actualidad para el año 2009 supone una diferencia de 27,66 euros/mes (1 punto) entre unos trabajadores que cobran 4 puntos y otros que cobran 3 puntos, según su destino.
La Sentencia del Tribunal Supremo anula la disposición transitoria única del RD 1033/2007 de 20 de julio (BOE de 27 de agosto) por su contradicción con las Leyes de Presupuestos desde el año 2007, pero obliga a los interesados a realizar una reclamación individual para su reconocimiento, con los efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2007.
Sin embargo, es obvio que la Administración de Justicia no debe ser utilizada innecesariamente, como, por otro lado, las últimas reformas procesales propuestas por el Gobierno se encaminan de algún modo y entre otras cuestiones, hacia una utilización razonable de la misma. Por lo tanto, razones de justicia, aunque también de economía procesal, nos lleva a solicitar desde CCOO que, la Dirección General de Justicia de Asturias proceda, DE OFICIO, al abono de las cantidades correspondientes a la diferencia de un punto desde enero del 2009 a todos los trabajadores afectados, sin necesidad de su reclamación individual, y, mucho menos sin necesidad de acudir nuevamente, a la interposición de recursos en la vía judicial, para hacer efectiva una Sentencia del Tribunal Supremo, que, por otra parte, viene a dar la razón a los trabajadores en una reclamación que hemos venido exigiendo en las mesas de negociación, una y otra vez, y que el Ministerio de Justicia, sin muchos argumentos, ha negado durante años.
Esperando que desde la responsabilidad de esa Dirección General de Justicia con los trabajadores y con los ciudadanos se acorten los plazos para el cumplimiento de una sentencia contra la que no cabe recurso alguno, que reconoce por fin una reclamación histórica, justa y absolutamente sensata de los trabajadores, y que garantiza un trato de igualdad retributiva por la responsabilidad y dificultad en el destino.
Atentamente,
JUAN JOSÉ AZCANO ROZAS
COORDINADOR DEL SAJ-CCOO D’ASTURIES
La Sentencia del Tribunal Supremo anula la disposición transitoria única del RD 1033/2007 de 20 de julio (BOE de 27 de agosto) por su contradicción con las Leyes de Presupuestos desde el año 2007, pero obliga a los interesados a realizar una reclamación individual para su reconocimiento, con los efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2007.
Sin embargo, es obvio que la Administración de Justicia no debe ser utilizada innecesariamente, como, por otro lado, las últimas reformas procesales propuestas por el Gobierno se encaminan de algún modo y entre otras cuestiones, hacia una utilización razonable de la misma. Por lo tanto, razones de justicia, aunque también de economía procesal, nos lleva a solicitar desde CCOO que, la Dirección General de Justicia de Asturias proceda, DE OFICIO, al abono de las cantidades correspondientes a la diferencia de un punto desde enero del 2009 a todos los trabajadores afectados, sin necesidad de su reclamación individual, y, mucho menos sin necesidad de acudir nuevamente, a la interposición de recursos en la vía judicial, para hacer efectiva una Sentencia del Tribunal Supremo, que, por otra parte, viene a dar la razón a los trabajadores en una reclamación que hemos venido exigiendo en las mesas de negociación, una y otra vez, y que el Ministerio de Justicia, sin muchos argumentos, ha negado durante años.
Esperando que desde la responsabilidad de esa Dirección General de Justicia con los trabajadores y con los ciudadanos se acorten los plazos para el cumplimiento de una sentencia contra la que no cabe recurso alguno, que reconoce por fin una reclamación histórica, justa y absolutamente sensata de los trabajadores, y que garantiza un trato de igualdad retributiva por la responsabilidad y dificultad en el destino.
Atentamente,
JUAN JOSÉ AZCANO ROZAS
COORDINADOR DEL SAJ-CCOO D’ASTURIES