lunes, 5 de enero de 2009

SAJ-CCOO: HOJA INFORMATIVA AYUDAS MUGEJU

En el BOE de 3 de enero de 2009, se publican algunas de estas ayudas
La Mugeju aprueba ayudas para la vacuna contra el virus del papiloma, modifica la ayuda por prestamo hipotecario y actualiza ayudas

El pasado mes de diciembre la Gerencia de la Mutualidad General Judicial procedió a aprobar nuevas ayudas y prestaciones, dando efectividad a alguna de las resoluciones aprobadas por la Asamblea de la Mugeju celebrada a finales de noviembre.

Desde CCOO, si bien hacemos una valoración positiva de las ayudas y prestaciones aprobadas, no podemos estar satisfechos porque ellas no cubren la totalidad de las resoluciones aprobadas por la Asamblea de la Mutualidad de noviembre de 2008. A tal efecto, sigue sin resolverse las discrepancias existentes en la cuantía del subsidio por incapacidad temporal, de la que se siguen excluyendo los complementos autonómicos en tanto en cuanto no sean transformados en el “complemento específico”, aunque el Real Decreto Legislativo 3/2000 garantiza el cobro íntegro de las percepciones durante la situación de incapacidad temporal y dependa de las distintas Administraciones la aprobación de las RPTs que den lugar a la consolidación de los complementos autonómicos en complementos específicos; y tampoco se ha modificado la ayuda por jubilación forzosa, que la Asamblea aprobó que se extendiera a los jubilados voluntarios con 30 años de servicios. CCOO va a insistir en estas reclamaciones, por considerarlas justas y legítimas, a fin de que a lo largo de este año puedan verse resueltas.


Las ayudas y prestaciones aprobadas son las siguientes:

1.- Ayuda para la vacuna contra el virus del papiloma humano (VPH).

Siguiendo la resolución de la Asamblea, se ha aprobado una instrucción en virtud de la cual la Mutualidad General Judicial concede una ayuda del 50 % del importe de la vacuna del VPH para las beneficiarias de edades entre 15 y 18 años, nacidas en los años 1990, 1991, 1992 y 1993, para aquellos casos en que la Comunidad Autónoma no sufrague el coste de dicha vacuna con cargo al Servicio de Salud correspondiente.

En cuanto a las nacidas en el año 1994, dado que en algunas Comunidades Autónomas no se ha procedido a la vacunación de las nacidas en dicho año, la ayuda es del reintegro total de los gastos ocasionados por la aplicación de la vacuna del VPH.

Ambas ayudas son a cargo del programa de reintegro de gastos de farmacia; las solicitudes de las ayudas deben formularse una vez que se hayan ultimado la vacunación (precisa de tres dosis) y hay que aportar la documentación que se reseña en la página web de la Mutualidad General Judicial a través de la Delegación provincial correspondiente o en los Servicios Centrales.

2.- Ayuda económica por adquisición de vivienda financiada mediante préstamo hipotecario.

La Resolución de 22 de diciembre de 2008 deroga la Circular nº 68, que regulaba la prestación social de este tipo de ayuda, y ha entrado en vigor el 1 de enero de 2009. Por la Gerencia de la Mutualidad se había constatado que en la inmensa mayoría de los casos la cuantía de la ayuda era la misma, pero se precisaba de una tramitación compleja y se cobraba siempre a finales de año.
Por ello se ha modificado la ayuda a fin de que su tramitación sea mucho más sencilla. La cuantía de la ayuda queda fijada para todos los casos en 675 €, que pueden ser actualizados de acuerdo con las posibilidades presupuestarias, que se abonarán una vez se verifique el cumplimiento de los requisitos de la ayuda (y no a fin de año, como era antes). Es preciso que la vivienda se destine a domicilio habitual del titular (no hace falta que sea primera vivienda), y que se haya concedido al solicitante y formalizado un préstamo hipotecario para su adquisición (no es preciso que el préstamo sea superior o inferior a un determinado porcentaje del precio total de compraventa, a una determinada cuantía o a una determinada duración, como antes).

3.- Ayuda para gastos de sepelio

La Gerencia ha procedido a actualizar las cuantías de esta ayuda, correspondiente a la persona que se haya hecho cargo de los gastos de sepelio, que permanecían invariables desde el año 2001. Las nuevas cuantías de la ayuda son:

- En caso de fallecimiento del mutualista: 1578 €.
- En caso de fallecimiento de titular no mutualista o de un beneficiario: 947 €.

4.- Programa de atención de personas mayores dentro del plan sociosanitario.

Se ha procedido a actualizar la tabla económica que figura en el artículo 8 de la Circular 72, ya modificada en diciembre de 2007, aplicando un incremento del 4,5 % a la cuantía mensual inicial.

5.- Ayudas del Fondo de Asistencia Social.

La Gerencia de la Mutualidad tiene fijados determinados criterios de concesión para estas ayudas, a pesar de su carácter discrecional; entre estos criterios están la aplicación de un baremo de renta para calcular la capacidad económica de la unidad familiar y el de que la ayuda sea del 50 % del gasto acreditado, salvo que esté establecido otro porcentaje específico.

La Gerencia, mediante resolución de 22 de diciembre, ha actualizado el baremo de renta y ha elevado al 60 % del gasto acreditado el criterio general para fijar la cuantía de la ayuda.

6.- Ayudas para actuaciones de podología básica y para termalismo social para mayores para el año 2009

Por Resolución de 17 de diciembre se ha aprobado el programa correspondiente al año 2009, con el mismo contenido y cuantías que las del año 2008.

Madrid, a 3 de enero de 2009
Los enlaces con lo publicado en el BOE de estas ayudas son:
MINISTERIO DE JUSTICIA
Ayudas
Resolución de 17 de diciembre de 2008, de la Gerencia de la Mutualidad General Judicial, para la concesión de ayudas de protección socio-sanitaria durante el año 2009, con las modalidades de ayudas para actuaciones de podología básica y para termalismo social para mayores.
PDF (BOE-A-2009-113 - 3 págs. - 171 KB)
Mutualidad General Judicial. Prestaciones
Resolución de 22 de diciembre de 2008, de la Mutualidad General Judicial, por la que se modifican las cuantías económicas de determinadas prestaciones.
PDF (BOE-A-2009-114 - 3 págs. - 176 KB)
Resolución de 22 de diciembre de 2008, de la Mutualidad General Judicial, por la que se regula la ayuda económica por adquisición de vivienda financiada mediante préstamo hipotecario.
PDF (BOE-A-2009-115 - 3 págs. - 164 KB)

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